Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZALEZ, Secretaria titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUANAGUA Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.156, de la nomenclatura archivar de este Tribunal. En el día de hoy 03 de febrero 2005, siendo las 4:00 de la tarde, y habiéndose habilitado todo el tiempo hábil necesario, se trasladó y constituyo el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUANAGUA Y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO, a cargo de la JUEZ PROVISORIO DOCTORA MAURICIA GONZÁLEZ y la Secretaria Titular Abogada YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora Abogado HERMES JESUS ABREU, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.782, en el inmueble objeto de la medida ubicado en la Urbanización La Trigaleña, calle “C”, Edificio punta del este, piso l. apartamento 1_D, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente El Tribunal procede a notificar a la ciudadana YANET VALENTINA MOLINA RAMIREZ, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 17.031.485, la cual presente quedo impuesta de la misión a cumplir decretada por el JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO CARABOBO, expediente Nro. 725. Seguidamente la parte actora Abogado HERMES ABREU, IPSA Nro. 54.782 expone: Solicito al Tribunal designe Depositaria Judicial y perito avaluador a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa Depositaria Judicial a la Firma Mercantil DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA, C. A., en la persona de su representante legal ciudadano JESÚS GARCÍA, cédula de identidad Nro. 5.480.302 y como perito avaluador al ciudadano JOSE A. FONSECA, cédula de identidad Nro. 8.658.596, quienes estando presente aceptaron el cargo y prestaron juramento de ley. Acto seguido la parte actora Abogado HERMES ABREU, IPSA Nro. 54.782 expone: Solicito al Tribunal se me haga ENTREGA MATERIAL del inmueble ubicado en la Urbanización la Trigaleña, calle “C”, Edificio punta del Este, piso l, Apartamento 1-D, Municipio Valencia del Estado Carabobo; Seguidamente este TRIBUNAL TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS actuando por comisión en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA hace ENTREGA MATERIAL del inmueble ubicado en la Urbanización la Trigaleña, calle “C”, Edificio punta del este, Piso 1, apartamento 1-D, Municipio Valencia del Estado Carabobo, al Abogado actor HERMES JESUS ABREU LIZARDO, titular de la cédula de identidad Nro.- 7.018.649, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 54.782, tal como fue acordado por el Tribunal de la causa. Seguidamente siendo las 5:00 de la tarde, se hizo presente el
ciudadano JULIO GREGORIO MOLINA RODRIGUEZ, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 5.429.813, codemandado de autos, el cual quedo notificado. Seguidamente la parte actora HERMES ABREU, IPSA Nro. 54.782 expone: me abstengo en este acto de señalar bienes para ser Embargados, reservándome el derecho de ejercerlo en otra oportunidad. Seguidamente los notificados ciudadanos YANETH MOLINA y JULIO GREGORIO MOLINA, titulares de la cédula de identidad Nros. 17.031.485, 5.429.813, respectivamente, exponen: Manifestamos al Tribunal que en este acto procedemos a trasladar todos nuestros bienes y enseres personales a nuestras entera cuenta y riesgo a otro lugar. Seguidamente el tribunal deja constancia que durante el lapso que duro la práctica de la medida no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales, declarando cumplida su misión , ordenando se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 6:00 de la tarde. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, liberando a la Depositaria Judicial designada para este acto, es todo, termino, se leyó y conformes firman. La Juez Doctora Mauricia González (Fdo); Los Notificados (Fdo); Parte Actora (Fdo); Depositaria (Fdo); Perito (Fdo) y La Secretaria Abog. Yulimar Fonseca (Fdo)……………………………………………………
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