REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Valencia, 14 de Febrero de 2005
Años 194º y 145º
ASUNTO : GJ01-P-1999-000190
JUEZ 11ª DE CONTROL: ILEANA VALBUENA
IMPUTADO: WILMER VICENTE MARTINEZ
DECISIÓN: REVOCATORIA DE CAPTURA
Celebrada como fue en fecha 10 de Febrero de 2005, audiencia especial, en la causa signada con la nomenclatura GJ01-P-1999-000190, y en donde el imputado de autos, ciudadano: WILMER VICENTE MARTINEZ, indocumentado, se puso a derecho en virtud de CAPTURA librada en su contra por el Tribunal 8º de Control en fecha 05-02-2001, mediante oficio 1.399, siendo asistido por el abogado defensor, Anayibe González Montilla, solicitando el imputado la revocatoria de la medida decretada en su contra.
Este Tribunal en Funciones de Control para decidir observa:
PRIMERO: Entiende este Tribunal que estamos frente a una solicitud que hace el propio imputado, debidamente asistido de abogado y que el día de la realización del acto manifestó que se encontraba detenido en la Comandancia General de Policía del Estado Carabobo, y solicitó su inmediata libertad; pero tal es el caso que este Tribunal en fecha 05-02-2001 ordenó librar ORDEN DE CAPTURA al prenombrado ciudadano, por no haber comparecido en reiteradas oportunidades a la realización de la Audiencia Preliminar, el día y la hora señalada para llevarse a cabo, según se evidencia de actas levantadas y que riela en autos; SEGUNDO: En fecha 23 DE Mayo Del 2.003, este Tribunal decreto el sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de solicitud que hiciera el Ministerio Público en esa oportunidad; TERCERO: Se evidenció además, que el delito por el cual le fue sobreseída la causa al ciudadano arriba identificado es HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal; CUARTO: la circunstancia que el imputado hubiese acudido al llamado del Tribunal en virtud de haber sido captura por funcionarios policiales y ser impuesto del sobreseimiento decretado a su favor, hace dejar sin efecto la captura dictada en contra del prenombrado ciudadano, arriba identificado, por lo que consideró quien aquí decide, ordenó librar los oficios respectivos a los fines de dejar sin efecto la captura que pesa en su contra.
Ahora bién, este Tribunal luego de realizado un minucioso análisis a la presente causa, y una vez realizadas las anteriores consideraciones, consideró procedente lo solicitado por el imputado de autos y su abogado defensor, por lo que en consecuencia, este Tribunal en Funciones de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DEJA SIN EFECTO la ORDEN JUDICIAL DE CAPTURA decretada por este Tribunal de Control contra el ciudadano WILMER VICENTE MARTINEZ, indocumentado por lo que se ordena oficiar lo conducente a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, decisión que se tomó de conformidad con el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE. Cúmplase. Ofíciese lo conducente. Notifíquese. Dada, firmada y sellada en la sala de Audiencias del Tribunal de Control a los 14 días del mes de Febrero de 2005.-
LA JUEZ 11° DE CONTROL
ILEANA VALBUENA
LA SECRETARIA
KEYLA VILLEGAS