REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Valencia, 9 de Febrero de 2005
Años 194º y 145º
ASUNTO : GP01-P-2004-000424
Juez 11° de Control: ILEANA VALBUENA
Fiscalía: 4° del Ministerio Público
Motivo: ORDEN DE CAPTURA
Vista la solicitud efectuada por RORAIRA SAMUEL ORTIZ, en su carácter de Fiscal 4° (a) del Ministerio Público, en donde solicita de este Tribunal de Control se libre ORDEN DE CAPTURA al imputado LUIS DOGNY LOPEZ IBARRA, titular de la cédula de identidad N° V-21.479.680, en virtud sus reiteradas incomparecencias a la realización de la Audiencia Preliminar, en la causa seguida por ante este Tribunal y signada con la nomenclatura GP01-P-2004-000424, por el delito de TENTATIVA DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal en relación con el artículo 80 ejusdem.
Este Tribunal en Funciones de Control para decidir hace las siguientes consideraciones: PRIMERO: En fecha 11-08-2004, el Ministerio Público presentó formal acusación en contra del imputado LUIS DOGNY LOPEZ IBARRA, titular de la cédula de identidad N° V-21.479.680, por el delito de TENTATIVA DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal en relación con el artículo 80 ejusdem; SEGUNDO: En fecha 12-08-2004, este Tribunal de Control por auto de esa misma fecha, acordó fijar audiencia preliminar para el día 27-08-2004 a las 10:15 am; siendo diferida en TRES (03) oportunidades, en virtud de no haber comparecido el imputado de autos a la realización del respectivo acto; por lo que el Ministerio Público solicitó se le libre orden de captura de conformidad con el artículo 262 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; Luego de efectuadas las anteriores consideraciones, esta juzgadora acuerda procedente lo solicitado por el Ministerio Público como titular de la acción penal; en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA ORDEN JUDICIAL DE CAPTURA y PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAIS, para el ciudadano LUIS DOGNY LOPEZ IBARRA, titular de la cédula de identidad N° V-21.479.680, con domicilio en la Calle 24 de Junio c/c Briceño Mendez, residencias Monte Carlo, piso 6, apartamento 6-1, Valencia del Estado Carabobo, todo de conformidad con el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. ASI SE DECIDE. Cúmplase. Ofíciese lo conducente a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y al Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese. Líbrense oficios. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Tribunal Control a los 09 días del mes de Febrero de 2005.-
LA JUEZ 11° DE CONTROL
ILEANA VALBUENA
LA SECRETARIA
FRANCIS PACHANO