REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones
SALA I
Valencia, 4 de Febrero de 2005
Años 194º y 145º

ASUNTO : GP01-R-2005-000003

PONENTE: MARIA ARELLANO BELANDRIA


En fecha 22-12-2004 los abogados ARMANDO EDGAR GEHRINGER LARA y DOMINGA MERCEDES SÁNCHEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 20.626 y 86.494, en su carácter de Defensores del penado JORGE LUIS GÓMEZ, interponen recurso de apelación contra la decisión dictada en fecha 25-11-2004, por la Juez Cuarta de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Marianela Hernández, que declaró inadmisible el Recurso de Revisión interpuesto por el Abogado Tulio Nuñez Vaillant, a favor del citado penado.

Presentado el recurso ante el Tribunal de Juicio el 22-12-2004, fue emplazada la representación del Ministerio Público, dando contestación al recurso.

El 01-02-2005 ingresa a esta Corte de Apelaciones la presente incidencia recursiva, previa la designación como ponente de quien con tal carácter firma la presente decisión.

Cumplidos así los trámites correspondientes, se procede a constatar los requisitos de admisibilidad del recurso en atención al artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal y se observa que los apelantes están legitimados para ejercer el recurso, en virtud de ser Defensores del imputado; no consta en el cuaderno separado las resultas de la notificación librada a los citados Defensores, por tanto, se tiene la impugnación ejercida dentro del lapso legal, y la decisión no es irrecurrible; llenos así los extremos de la norma de procedimiento citada se procede a admitir el recurso de apelación conforme lo ordena el artículo 450 eiusdem.

DECISIÓN
En razón los fundamentos expuestos, esta Sala I de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación ejercido por los abogados ARMANDO EDGAR GEHRINGER LARA y DOMINGA MERCEDES SÁNCHEZ, Defensores del penado JORGE LUIS GÓMEZ, contra la decisión del Tribunal de Juicio de fecha 25-11-2004, que declaró inadmisible el Recurso de Revisión interpuesto por el Abogado Tulio Nuñez Vaillant, a favor del citado penado.

JUECES DE SALA


MARIA ARELLANO BELANDRIA


OCTAVIO ULISES LEAL BARRIOS MAURICIO JOSÉ ISAACS TOVAR