REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
LUNES VEINTIUNO (21) DE FEBRERO DE 2005
AÑOS 194º Y 146º
Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. ROMULO VELASQUEZ.
Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por el representante judicial de la parte actora abogado BEATRIZ DE BENITEZ; contra la decisión de fecha 27 de Septiembre del año 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES sigue el ciudadano JESUS MARIA RODRIGUEZ, contra las Sociedades de Comercio TRANSPORTE MI CARGA C.A y RICARDO QUINTERO. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de la representante judicial de la parte actora Abogada Beatriz de Benítez, quién se identificó con el número de Inpreabogado 30.898, parte apelante; igualmente se deja constancia de la presencia de la parte accionada por medio de apoderado judicial, abogado JAIRO SANTELIZ, quien se identificó con el número de Inpreabogado 55.544. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Actora recurrente, quien expuso las razones y alegatos que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido; igualmente se le otorgó derecho a palabra a la parte accionada, quien expuso sus alegaciones. Concluida las exposiciones, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino haciendo algunas acotaciones y formuló preguntas. En este estado, siendo las 10:30 de la mañana, el Tribunal se retiró a deliberar en un lapso no mayor de sesenta (60) minutos. Finalizada la deliberación del presente asunto, siendo las 11:10 de la mañana, previo anuncio del Alguacil en la Sala de Despacho. Acto seguido la ciudadana Juez leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor. En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: Ordena la reposición de la causa al estado de dar contestación a la demanda, y declara: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte actora. Queda en estos términos revocado el fallo recurrido. No se condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto conforme a lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta.
Es todo, término, se leyó y conforme firman,
HILEN DAHER DE LUCENA
JUEZ
LA REPRESENTANTE JUDICAL DE
LA PARTE ACTORA RECURRENTE
EL REPRESENTANTE JUDICIAL
DE LA PARTE ACCIONADA
ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA
Exp. No. GP02-R-2005-000016.
HDdeL/AR/Jeannic Sánchez
Recurso de Apelación
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