REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº 4.
Valencia, 28 de Febrero del 2005
194º y 145º

En fecha 26/11/2002 se inicio el Juicio de DIVORCIO, incoado por la ciudadana ANA MIRIAM GONZALEZ CONCEPCIÓN, actuando en representación de los niños y/o adolescentes CARLOS ROBERTO y DIANA SOFIA MARTIN GONZALEZ, en contra del ciudadano ROBERTO MARTIN LORENZO, el cual se Admitió en fecha 13/01/2003 con todas las formalidades de ley encuadrado en las disposiciones de la LOPNA. Pero es el caso que desde la fecha 07/01/04 se encuentra paralizado por falta de interés de las partes en realizar ningún acto del procedimiento, estando dentro de las modalidades de extinción de la acción, tal como es la pérdida de interés, lo cual puede ser aprehendido por el juez sin que las partes lo aleguen, y que tiene lugar cuando el accionante no quiere que se sentencie la causa, lo que se objetiviza mediante la pérdida total del impulso procesal que le corresponde.
Esa inactividad que denota interés procesal, debido a su prolongación negativa en relación con lo que se pretende, debe tener efectos, ya que el derecho de obtener con prontitud la decisión correspondiente (artículo 26 constitucional), como tal derecho de la parte, debe ejercerse.
En mérito de las anteriores consideraciones ADMINISTRADO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara la PERENCIÓN DE LA ACCIÓN, y en aplicación del fallo de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del 01-06-2001 con ponencia del Magistrado Dr. Jesús Eduardo Cabrera Romero. En Valencia a los Veintiocho (28) días del mes de Febrero del 2005. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCIÓN

Dra. CARLA VASQUEZ BORGES LA SECRETARIA,

Abg. ADELA CARRASCO
Exp. N° C-13584
CVB * ljo