REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Caracas, 27 de julio de 2005
Años 195° y 146°

En fecha 25 de junio de 2004, se inició el presente procedimiento por demanda presentada por ante el Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, por el abogado Germán García Limonta, inscrito en el Inpreabogado bajo el n° 45.541, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana GABRIELA PORRAS CARTAYA., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 12.062.007, contentiva del recurso contencioso administrativo funcionarial, contra el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA.

En fecha 4 de octubre de 2004, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo el oficio nº 0469-05 de fecha 3 de mayo del mismo año, emanado del mencionado Juzgado.

El 12 de mayo de 2005, se dio cuenta a la Corte y, por auto de esa misma fecha, se designó ponente al Juez RAFAEL ORTIZ-ORTIZ a los fines de que decidiera acerca de la competencia de esta Corte para conocer de la presente causa.

Ahora bien, en aras de la tutela judicial efectiva y con la finalidad de que esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo realice un pronunciamiento ajustado a derecho en la presente causa con relación a la solicitud de homologación efectuada, se estima necesario solicitar al INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (I.N.C.E.), representado por la abogada Nancy Rosario Montaggioni Rodríguez, consigne ante esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo autorización expresa otorgada por parte del Comité Ejecutivo del mencionado Instituto a sus apoderados, con el objeto de que esta Corte pueda pronunciarse acerca de la homologación del acuerdo transaccional celebrado entre las partes, puesto que el poder especial conferido por el Presidente del Instituto Nacional de Cooperación Educativa a la abogada Nancy Rosario Montaggioni Rodríguez, indica que se necesita para convenir, desistir y transigir la ya mencionada autorización del Comité Ejecutivo, la cual no consta en autos, para lo cual se le otorga un lapso de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en el décimo tercer aparte del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de julio de dos mil cinco (2005). Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Jueza-presidente,


TRINA OMAIRA ZURITA
El Juez vice-presidente,


OSCAR ENRIQUE PIÑATE ESPIDEL
RAFAEL ORTIZ-ORTIZ
JUEZ-PONENTE

La Secretaria Temporal,


MORELLA REINA HERNANDEZ

Exp. No AP42-R-2005-000919
ROO/ajff





En la misma fecha, veintisiete (27) de julio de dos mil cinco (2005), siendo las doce horas y seis minutos de la tarde (12:06 p.m.), se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° AB412005000840.


La Secretaria Temporal