REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CARACAS, VEINTIUNO (21) DE JULIO DE 2005
Años 195° y 146°

Vista la exposición contenida en la diligencia de fecha 7 de julio de 2005, presentada por la Jueza Betty Josefina Torres Díaz, mediante la cual se inhibe de conocer la presente causa, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se observa que ciertamente se desprende de las copias remitidas a este Órgano Jurisdiccional, que la ciudadana BETTY JOSEFINA TORRES DÍAZ, en su condición de Jueza de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, incurre en el supuesto previsto en la mencionada norma, lo cual hace procedente declarar con lugar la inhibición de la referida funcionaria en la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada por los abogados Gustavo Grau Fortoul y Daniel Leza Betz, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 35.522 y 81.691, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de las sociedades mercantiles CERVECERIA POLAR LOS CORTIJOS, C.A.; CERVECERIA POLAR DEL CENTRO, C.A.; CERVECERIA POLAR DE ORIENTE, C.A.; CERVECERIA MODELO, C.A.; PEPSI COLA VENEZUELA, C.A.; C.A. PROPESA; DISTRIBUIDORA EFE METROPOLITANA, C.A.; DISTRIBUIDORA EFE, S.A.; PRODUCTOS EFE, C.A.; MAVESA, C.A. y ALIMENTOS CONGELADOS ALIMAR, C.A.,y por el abogado Rafael Villegas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 7.068, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil PANAMCO DE VENEZUELA, S.A. contra el General de División (G.N) LUIS FELIPE ACOSTA CARLES, Jefe del Comando Regional Nº 2 de la Guardia Nacional, toda vez que consta en la pieza principal del expediente signado con la nomenclatura AP42-O-2003-000150 de esta Corte, copia de instrumento poder conferido a la referida funcionaria, del cual se evidencia que representó al Grupo Polar integrado por la sociedades accionantes, en otras causas. En consecuencia, convóquese al Dr. Rodolfo Antonio Luzardo Baptista, en su carácter de Primer Juez Suplente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Resolución emanada de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 15 de julio de 2004 y, el artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese Oficio.

La Presidenta,


MARÍA ENMA LEÓN MONTESINOS

La Secretaria,



JENNIS CASTILLO HERNÁNDEZ


Exp. Nº AB42-X-2005-000086.-
MELM.-
Decisión n° 2005-02099