En fecha 20 de diciembre de 2004 se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo el Oficio N° 04-888 de fecha 4 de junio de 2004, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia Transitorio Laboral de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, anexo al cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por el abogado Edinson Mujica, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 47.956, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil “Restaurant y Pollo en Brasa el Bodegón Canario, S. R L.”, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 09 de diciembre de 1985, bajo el N° 27, Tomo 2-L; contra la Providencia Administrativa N° 31 de fecha 2 de marzo de 2001, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Estado Lara, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la ciudadana Dora Lisbeth Cabrera Manzanilla titular de la cédula de identidad N° 14.031.373.

Dicha remisión se realizó en fecha 4 de junio de 2004, en vista de la sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 27 de junio de 2002.