REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 4 de Julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2005-008712

Vista la solicitud recibida en fecha 04 de Julio de 2005, formulada por el Abg. Andrés Rodríguez, actuando en su condición de Fiscal Superior (E) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, según la cual solicita medidas de protección necesarias para la ciudadana: JENNY RODRÍGUEZ y su familia, de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 23 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expuesto en fecha 04 de julio de 2005, por la referida ciudadana, por ante esa Fiscalía manifestando que:

“ En el día de hoy denuncié por ante la Fiscalía Vigésima a mi vecino Carlos Querales, ya que mi hijo Alejandro Colmenarez de 12 años de edad, es víctima de agresiones físicas por parte de ese señor y es el caso que estoy solicitando protección policial, tanto para mi como para mi familia, ya que anoche, este señor amenazó a mi otro hijo Geovanny , de 11 años de edad y temo por nuestra integridad física.”

Este Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA MEDIDAS DE PROTECCIÓN POLICIAL, a los fines de salvaguardar la integridad física de la víctima JENNY RODRÍGUEZ, C.I. N° 10.776.377, residenciada en El Jebe, sector Vista Hermosa, callejón 7 y 8, casa N° 51, Barquisimeto Estado Lara, así como también para su familia, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, se ACUERDA oficiar a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, participando la Medida de Protección acordada y al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, a los fines de que se sirva impartir las instrucciones necesarias para la protección de la víctima y sus familiares. Líbrense los respectivos Oficios.

La Juez de Control N° 5

El Secretario

Abg. Yanina Karabín Marín