DEMANDANTE: VICTOR VERDE ZAMBRANO. Titular de la cédula de identidad N°3.444.596.-.
ENDOSATARIO EN PROCURACION. Abg. NORKYS SUAREZ ALVAREZ, I.P.S.A. N° 92.149.-
DEMANDADO: MATILDE DEL CARMEN RIERA HERRERA. Titular de la cédula de identidad N° 5.919.024.
APODERADO DE LA DEMANDADA: HENGERBERT SIERRA, I.P.S.A. N° 92.277.-
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN).
EXP. Nº 7077-05.-


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. C arora, 29 de Julio de 2005.-

195º y 146º
Visto el desistimiento del procedimiento realizado por la parte actora ciudadano VICTOR VERDE ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.444.596, asistido por el Abg. MARIO QUERALES SALAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 75.754, y la aceptación del mismo en fecha 27 de Julio de 2005, por parte del apoderado de la parte demandada Abog. HENGERBERT SIERRA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 92.277, este Tribunal le imparte su correspondiente homologación de conformidad con los Artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se da por terminado el presente juicio. Se ordena la suspensión de la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por Este Tribunal en fecha 13 de Julio de 2005, sobre una casa ubicada sobre un lote de terreno ejido que mide Veinte Metros de Frente por Treinta de Fondo (20 X 30 MST), ubicado en la Calle Monagas de esta ciudad, cuyos linderos son. NORTE: Casa de Alfredo Verde; SUR: Casa de NICOLASA ROPDRIGUEZ; ESTE: Casa de Urbano Piña y OESTE: Con calle Monagas, que es su frente y perteneció a la demandada ciudadana MATILDE DEL CARMEN RIERA HERRERA, según documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro, del Municipio Torres, Estado Lara, bajo el N° 2, folios 2 al 3, Protocolo Primero, Tomo 3°, Segundo Trimestre del año 1.984, de fecha 06 de Abril de 1.984. Se ordena la devolución del original de la letra de cambio que cursa al folio 03, en copia fotostática certificada, y que se encuentra en la Caja Fuerte de este Tribunal, previo inscripción por Secretaria de la Nota a que hace referencia el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente.-
El Juez Titular,


Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA


El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR.

En esta misma se registro bajo el Nº 192-05, se publico siendo la 1:30 p.m., se libra copia certificada para el archivo. Se archivó el expediente conforme a lo ordenado.
El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACAROExp.
Exp.N° 7077-05. ec.5.