REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
En el día de hoy, Siete (07) de Julio del año Dos Mil Cinco (2005), siendo las 09:30 a.m., se traslado y constituyo este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA; por indicación y en compañía del ciudadano Carlos Colmenarez, titular de la cedula de identidad Nro. 4.737.866, asistido en este acto por las Abogados Eumary Milagros Bravo Díaz y Loraine Elena Mendoza Amaro, Inpreabogado Nros. 108.683 y 108.729, respectivamente, en la siguiente dirección: Calle Juan de Dios entre Avenida Bolívar y 23 de Enero, Quinta IMAUPAL, Los Rastrojos, Municipio Palavecino-Lara; a fin de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL, con ocasión del juicio por RECURSO DE AMPARO, intentado por el ciudadano CARLOS COLMENAREZ, titular de la cedula de identidad Nro. 4.737.866, contra el INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO DE PALAVECINO DEL ESTADO LARA (IMAUPAL), para practicar medida de Ejecución Forzosa de la Sentencia dictada por el Tribunal de la Causa en fecha 12-07-2004, en la cual ordeno el Reenganche y Pago inmediato de los Salarios Caídos, del trabajador accionante, dejados de percibir desde el 03-07-2003, hasta su total y efectiva Reincorporación a su puesto de Trabajo. Una ven en la sede del Instituto Municipal De Aseo Urbano Y Domiciliario De Palavecino Del Estado Lara, se hicieron los toques de Ley en la puerta del referido inmueble siendo atendido por la ciudadana Christiaan Elvira Mendoza Colmenarez, titular de la cedula de identidad Nro. 10.127.142, quien manifestó ser la Presidenta del Instituto Municipal de Gestión y Saneamiento Ambiental del Municipio Palavecino del Estado Lara, según consta en Decreto A-21-14-2005, de fecha 14-06-2005, suscrito por la ciudadana Alcaldesa del Municipio Palavecino del Estado Lara, Profesora Aura de Contreras de Rivero, a la cual se le notifico la Misión del Tribunal y quien manifestó que no procederá al Reenganche inmediato del Trabajador Carlos Colmenarez, titular de la cedula de identidad Nro. 4.737.866, en virtud de que elevara la Consulta para la toma de Decisión a la Gerencia de Recursos Humano de la Alcaldía del Municipio Palavecino de Estado Lara. En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas visto la anterior exposición por parte de la Presidenta de Instituto antes señalado, deja constancia del Incumplimiento y Desacato de la Sentencia de Amparo Constitucional dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental. En consecuencia, se incurre e lo establecido en el articulo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre derechos y garantías Constitucionales. Siendo las 10:30 a.m., se ordena el regreso del Tribunal a su sede de Origen. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.. LA JUEZ PROVISORIO, (FIRMA ILEGIBLE), ABG. GABRIELA SOFIA MOLINA GONZALEZ (L.S.); Fdo. Parte Actora: Carlos Colmenarez, (firma ilegible). Fdo. Abogadas-Asistentes: Abogados Eumary Bravo y Loraine Mendoza (firma Ilegible). Fdo. La Notificada Presidenta IMSAPAL: Christiaan Mendoza (firma ilegible) Fdo. La Secretaria, Abg. Yetzaida M. Toro Varela (Firma Ilegible) (L.S.).
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