En horas de despacho del día de hoy veinticinco (25) de julio de 2.005, siendo las diez (10:00am) de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO del juicio. Presente en este acto el Abogado JUAN CARLOS ZAMORA, Inpreabogado Nro.94.886 actuando en su carácter de Defensor Judicial del demandado ciudadano MANUEL ISILIO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.938.858. El Tribunal deja constancia que la parte demandante no se encuentra presente en el acto, ni por si, ni por apoderado alguno que la represente. De conformidad con lo establecido en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil se DECLARA EXITINGUIDO el proceso y se ordena el archivo del expediente. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Provisorio,

Abg. RAFAEL RICARDO GIMENEZ

Defensor Judicial de la parte demandada,
La Secretaria,

Abg. MAYELA OSTOS FUENMAYOR
EXP. Nro.49.037.-
Asua.-