ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000816
PARTE ACTORA: LUIS COLMENARES ESCALONA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN FRANCISCO NÚÑEZ
PARTE DEMANDADA: Servicios y mantenimiento 2007 S.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: YOLANDA VEGAS DE BADIOLA MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 21 de julio de 2005 a las 3;00 P.m. comparecen voluntariamente la abogada, YOLANDA VEGAS DE BADIOLA, identificada en autos y apoderada de la empresa Servicios y mantenimiento 2007 S.A., representación la misma que consta en autos y que acompaño anexo a la presente en original para su vista y devolución y copia fotostática marcada “A”, por una parte y por la otra el ciudadano LUIS COLMENARES ESCALONA, igualmente identificado en autos y debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JUAN FRANCISCO NÚÑEZ, I.P.S.A. 95.709, hemos acordado realizar la presente transacción laboral en los siguientes términos: PRIMERO: la empresa Servicios y mantenimiento 2007 S.A., ofrece pagar al ciudadano LUIS COLMENARES ESCALONA, por concepto de Prestaciones Sociales la cantidad de UN MILLÓN CIEN MIL (BS. 1.100.000,oo) BOLÍVARES, cantidad esta que recibe en este acto el prenombrado ciudadano en cheque número 00-17863673 librado contra el Banco Fondo Común, a favor de LUIS COLMENARES y con fecha de emisión 20 de Julio de 2.005 y del cual se anexa a la presente copia fotostática marcada “B”.
SEGUNDO: Aceptando de esta manera terminar con la demanda incoada por él ante este Tribunal a su digno cargo según Asunto GP02-L-2005-000816. De tal forma que el ciudadano LUIS COLMENARES ESCALONA, no le queda nada a reclamar por este concepto de Prestaciones Sociales, ni por ningún otro concepto a la empresa Servicios y mantenimiento 2007 S.A.

DE LA HOMOLOGACION

Este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada.
De esta Acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto. Déjese copia en el archivo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Juez
Abg. NORIS B GODOY V.


Por “LA DEMANDADA” “EL DEMANDANTE”




La Secretaria.
Abg: Loredana Massaroni.