REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, doce de julio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : GP02-S-2005-000188

AUTO

Este tribunal una vez revisado el desistimiento del procedimiento formulado por la ciudadana ANA GRISELDA DELGADO NIÑO, titular de la Cédula de Identidad No. 9.254.438, asistida por el abogado ENRIQUE JOSE VALERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 54.749, CONFORME SE DESPRENDE DE diligencia que riela inserta al folio nueve (9) del expediente; este Tribunal observa que el desistimiento lo realiza el demandante quien posee plena capacidad para formular el mismo en su condición de accionante, y en consecuencia, acuerda otorgarle la respectiva homologación por considerar que se encuentra ajustado a derecho, y no vulnera derechos del trabajador, ni normas de orden publico, dándole EFECTO DE COSA JUZGADA y en consecuencia se da por concluido el proceso.
LA JUEZ

ABG. BEATRIZ RIVAS ARTILES

LA SECRETARIA


ABG. MARJORIE GÓMEZ QUINTERO