REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES DOCE (12) DE JULIO DEL AÑO 2005
AÑOS 195º Y 146º
Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. PABLO BASTIDAS. Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las doce meridiano (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada abogado ALEJANDRO AMARAL GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.111, contra la decisión dictada en fecha 30 de Mayo del año 2005, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Prestaciones Sociales sigue el ciudadano JUSMAR ENRIQUE SUAREZ GUILLERMO, contra la sociedad de comercio GUARDIANES PARAMACONI, C.A. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto del abogado ALEJANDRO JOSE AMARAL GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.111 en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandada, quien se identificó con el número de Inpreabogado 40.148, parte apelante; igualmente se deja constancia que la parte accionante no se encuentra presente ni por si ni por intermedio de apoderado judicial. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Demandada recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas. Seguidamente el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Declara: Parcialmente con Lugar la demanda incoada por el ciudadano JUSMAR ENRIQUE SUAREZ GUILLERMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.405.157, contra la sociedad de comercio GUARDIANES PARAMACONI C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22 de noviembre de 1977, bajo el No. 48, Tomo 142-Ay; Se declara parcialmente con lugar, el recurso de apelación ejercido por la accionada.
Queda en estos términos modificada la sentencia recurrida al exonerar en costas a la demandada dada la declaratoria parcial de la pretensión.
No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto.
Siendo las 12:40 p.m., de la tarde se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia.
De conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede el Tribunal en el mismo día de hoy, a publicar el texto del íntegro de la decisión.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta y del texto íntegro de la decisión.
Es todo, término, se leyó y conforme firman,
HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ
EL APODERADO DE LA DEMANDADA,
ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA,
Exp. No. GP02-R-2005-000471
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez
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