REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MIÉRCOLES SEIS (06) DE JULIO DEL AÑO 2005
AÑOS 195º Y 146º
Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria Accidental del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRIQUEZ y el Alguacil Sr. ROMULO VELASQUEZ. Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las dos de la tarde (2:00 p.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora abogada NINFA COROMOTO HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58384, contra la decisión dictada en fecha 21 de Marzo del año 2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Daño Moral sigue el ciudadano RAFAEL SIMON CORDERO, contra la sociedad de comercio C.A. GOODYEAR DE VENEZUELA. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de la abogada NINFA COROMOTO HERNANDEZ, Apoderada Judicial de la parte actora, quien se identificó con el número de Inpreabogado 58.384, parte apelante; igualmente se deja constancia de la presencia de la abogada MARIA ELENA CARVALLO GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 13.620, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Demandada. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Actora recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Igualmente se le concedió el derecho de palabra a la parte Demandada. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas. Siendo las 2:45 p.m., el Tribunal, se reserva un lapso de 60 minutos para proceder a dictar el dispositivo del fallo, de conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Siendo las 3:00 p.m., este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: DECLARA:
 SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada NINFA HERNÁNDEZ, inscrita en el I. P. S. A. bajo el Nº 58.384, en representación del Actor Rafael Simón Cordero.
 SIN LUGAR la pretensión incoada por el ciudadano RAFAEL SIMON CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- 3.894.911, contra la sociedad de comercio C. A. GOOD YEAR DE VENEZUELA., identificada en autos.
 CON LUGAR LA PRESCRIPCION alegada como por la accionada.
 No se condena en costas a la parte actora y apelante, por cuanto no pueden ser objeto de tal condena quienes devenguen menos del triple del salario mínimo urbano.


Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto.
Siendo las 3:00 de la tarde se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia.
De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal se reserva el lapso legal para publicar el texto del íntegro de la decisión.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta y del texto íntegro de la decisión. Es todo, término, se leyó y conforme firman,


HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ

LA APODERADA ACTORA


LA APODERADA DE LA DEMANDADA,



ANMARIELLY HENRIQUEZ
SECRETARIA ACC,



Exp. No. GP02-R-2005-000273
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez