TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 04 de julio de 2005 Año 195º y 146º


Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE CONCILIACION POR REGIMEN DE VISITAS y sus recaudos presentados en fecha 30-06-2005 por la DEFENSORIA DEL NIÑO y DEL ADOLESCENTE DEL MUNICIPIOSAN JOAQUIN. Désele entrada. Fórmese Expediente.- Anótese en los libros correspondientes.- Se admite cuanto ha lugar en derecho, Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 31-05-2005, por los ciudadanos JOSE LUIS RODRIGUEZ RODRIGUEZ y MARIA CAROLINA PEREZ CASTILLO a favor del niño JOSE LUIS RODRIGUEZ PEREZ esta Juez Unipersonal N° 3 acuerda homologar el acta de conciliación de esta misma fecha, suscrita por los ciudadanos antes mencionados, y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION POR REGIMEN DE VISITAS: PRIMERO: la ciudadana MARIA CAROLINA PEREZ CASTILLO, se compromete a permitir que el progenitor mantenga relaciones personales y contacto físico directo y amplio, con su hijo los días sábados, lo buscará a la 8:00 am y lo regresara a las 5:00 pm. SEGUNDO: el ciudadano JOSE LUIS RODRIGUEZ RODRIGUEZ acepta lo anteriormente expuesto en los términos establecidos. TERCERO: Después de transcurridos tres meses a partir de la presente fecha serán revisados los acuerdos suscritos.- Expídase por Secretaría copia certificada y entréguese a la parte.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ



LA SECRETARIA

ABOG. MORELA SERENO

En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-28.223-.
MPV/as.-