TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 4
Valencia, 11 de Julio del 2005
Años: 195º y 146º
Vista la solicitud presentada por el(la) ciudadano(a) CARMELA SUDANO DE LORENZO, venezolano(a), mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.385.941 y de este domicilio debidamente asistido(a) por el(la) abogado(a) JULIO PIÑERO OJEDA, inscrito(a) en el Inpreabogado bajo el Nº 94.058, mediante la cual solicita a este Tribunal AUTORIZACION JUDICIAL, para ausentarse del hogar común y trasladarse a la siguiente dirección ubicada en AVENIDA NAGUANAGUA, N°: 98, CASA 184-68, NAGUANAGUA, ESTADO CARABOBO.- Autorización que hace en virtud de SEPARARSE DEL HOGAR COMUN, que comparte con su cónyuge ciudadano(a) FRANCISCO LORENZO DORADO, venezolano(a), mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.866.654. Vistas las declaraciones de las testigos ciudadanas DESAMPÁRADOS ALVARO DE LOPEZ Y AURORA PIMENTEL CENTENO, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-3.228.964 y E-81.700823 respectivamente, mayores de edad y de este domicilio. Se deja sin efecto la citación del ciudadano FRANCISCO LORENZO DORADO, de conformidad a lo establecido en el Artículo 138 del Código Civil.- Este Tribunal resuelve: AUTORIZAR al(la) ciudadano(a) CARMELA SUDANO DE LORENZO, ya identificado(a), para que se traslade temporalmente a la dirección mencionada.- Expídanse copias certificadas de esta decisión y entréguese a la parte interesada.-
DRA. CARLA VASQUEZ BORGES
JUEZ TEMPORAL DE PROTECCION
ABG. ADELA CARRASCO
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-
CVB/er.
C-27.871
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