REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL No 01
Guanare, 15 de Junio de 2005
195° y 146°


Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos JEAN CARLOS VALERA PARADAS y YOLLEYBIS AYALA MOLINA, por ante la Defensoría del Niño y del Adolescente de la Fundación del Niño de este Municipio y ratificada por ante este despacho en esta misma fecha, sobre el establecimiento del REGIMEN DE VISITAS, en beneficio de los niños KARLA YOLEYBIS VALERA AYALA y CARLOS YOEL VALERA AYALA, que consiste en que el padre podrá visitar a sus hijos antes mencionados, de Lunes a Domingo en horario comprendido de 6:00 p.m. a 8:00 p.m; por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.


La Jueza,

Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez.


La Secretaria,

Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Milanyela p.
Exp. Civil 5349