REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
194° y 145°

ACTA DE AUDIENCIA ORAL

En el día de hoy, miércoles (01) de Junio de 2.005, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), previo lapso de espera para la total comparecencia de las partes, día fijado por este Tribunal de Control para llevarse a efecto la audiencia oral para oír al imputado SAMMY RAMÓN RODRÍGUEZ ANTUNEZ, en virtud de la Conclusión de la fase de Investigación solicitada por su defensor Abog. JOSÉ LUZARDO GONZÁLEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Verificada la presencia de las partes, se constató que se encuentran presentes, la Abogada YAMIRIS GONZÁLEZ, Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Zulia, El Defensora Privado JOSÉ LUZARDO GONZÁLEZ, asistiendo en este acto al mencionado imputado SAMMY RAMÓN RODRÍGUEZ ANTUVEZ. Seguidamente el Fiscal del Ministerio Público, expone: “Solicito de este Tribunal de Control me fije un plazo de treinta (45) días para concluir la investigación y presentar el acto conclusivo en la presente causa. Es todo”. Seguidamente tomo la palabra el Defensor del imputado SAMMY RAMÓN RODRÍGUEZ ANTUVEZ y expuso: “ratifico lo expuesto en mi escrito presentado por ante este tribunal en fecha 08 de abril de 2005, en la cual solicita la conclusión de la investigación de la presente causa, y en virtud a la exposición del ministerio públicos, en la cual solicita un lapso prudencial para su pronunciamiento, esta defensa no se opone a que el tribunal se lo decrete”. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra al imputado en mención, quien manifestaron lo siguiente:”Estoy de acuerdo con lo que está pidiendo el Fiscal, es todo”. Acto seguido el Tribunal de Control hace el siguiente pronunciamiento: Vista la exposición fiscal, este Tribunal considera procedente fijarle un plazo de treinta (45) días al Ministerio Público, para que presente su acto conclusivo, bien sea presente acusación, decrete el sobreseimiento o en su defecto archive las actuaciones, contados a partir del día de hoy, y su fecha de vencimiento el 01-07-05. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades de ley para la celebración de la presente audiencia, y que las partes quedan notificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión bajo el N° 1067-05. Se concluyó el acto siendo las once y cincuenta del medio día (11:50 AM.). Es todo. Terminó, se leyó, y conformes firman.
EL JUEZ DE CONTROL,

DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS.

EL FISCAL (08) DEL M.P.

DR. YAMIRIS GONZALEZ.
EL DEFENSOR PRIVADO,

DR. JOSE LUZARDO GONZALEZ.


EL IMPUTADO,

SAMMY RAMON RODRÍGUEZ ANTUVEZ




LA SECRETARIA,

ABOG: PATRICIA ORDOÑEZ.
CAUSA N° 9C-806-03.-
HCV/marian.