REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
Maracaibo, 28 de Junio de 2005
194º y 146º
RESOLUCION Nro. 1193-05 CAUSA N° 9C-804-05
Visto el escrito presentado por la DRA. ERIKA FERNNADEZ ALVARADO, FISCAL ESPECIAL DEL MINISTERIO PUBLICO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO, en el cual solicita, el Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de DORIAN ESPINOZA, por el delito de USO INDEBIDO DE FIRMA Y FORJAMIENTO DE DOCUMENTO PÚBLICO previstos y sancionados en los artículos 322 y 320 del Código Penal respectivamente, en perjuicio de MIREYA TORRES.
Del estudio realizado a las actas que conforman la presente causa se observa que fue iniciada la correspondiente investigación por la comisión de los delitos anteriormente mencionados sin embargo no consta en actas la experticia que debió practicarse al documento incriminado y a la firma que reposa en el a los fines de poder determinar si el realmente ocurrió el hecho que diera origen a la presente causa en consecuencia este Tribunal considera procedente y ajustado a derecho DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de DORIAN ESPINOZA, solicitado por el Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de que hecho objeto del presente proceso no se realizó. Y ASI SE DECIDE.
Por fundamentos antes expuestos este JUZGADO NOVENO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de DORIAN ESPINOZA, por los delitos de USO INDEBIDO DE FIRMA Y FORJAMIENTO DE DOCUMENTO PÚBLICO previstos y sancionados en los artículos 322 y 320 del Código Penal respectivamente, en perjuicio de MIREYA TORRES.
Regístrese la presente decisión y Notifíquese a las partes.
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL,
DR. HUMBERTO CUBILLAN.
LA SECRETARIA,
ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ
En la misma fecha, se registró la presente decisión bajo el No. 1193-05.-
LA SECRETARIA
ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ.
HCV/alexandra*
24FT-1184-05
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