CARORA, 26 de Mayo del 2005
Año 195º y 146º
ASUNTO Nº 2CO- 00031-2003
DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
Hoy en la Ciudad de Carora a los Veintiséis (26) días del mes de Mayo del año Dos Mil Cinco, siendo las 10:00 a.m. se constituye en la Sala de Audiencias el Tribunal en función de Control Nº 02 presidido por el Juez Dr. JORGE DIAZ MENDOZA, la Secretaria de Sala Abg. Marilù Patiño de la Mar y EL Alguacil Ciudadano José Joaquín Madrid ; siendo la oportunidad fijada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 576 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR del Adolescente Acusado Ciudadano: XXXXXXX, en virtud de la Acusación Fiscal presentada por la Fiscalía Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial en fecha 17-02-2005, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el Art.219, Ordinal 1º del Código Penal y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde figura como. Verificada la presencia de las partes por la Secretaria de Sala, deja expresa constancia que compareció la Defensora Pública de adolescentes Dra. Senovia Medina Herrera; que no compareció el imputado adolescente ciudadano XXXXX, ni su representante legal, no obstante haberse concedido media hora de espera, ni la victima Funcionario Policial Sub-Comisario Sosa Mercado Marlon Ostillo siendo debidamente notificados del acto tal y como se desprende de autos. Igualmente se deja expresa constancia que en fecha 25-05-2005, se recibió oficio Nº LAR-F08-2005-00 2290 de la Fiscalia Octava del Ministerio Pùblico suscrito por la Fiscal auxiliar Octava del Ministerio Pùblico Dra. Iraima Aranguren, solicitando diferimiento de la Audiencia Preliminar fijada para este día a las 10:30 AM en la presente causa por cuanto dicha Representación Fiscal tendrá que asistir al Juicio Oral y Publico y continuado en el asunto Principal Nº KP01-P 2004-000427 Causa Nº 13-F08-00-1663-03, comisionada según oficio Nº DDC-UAL 040805 de fecha 23-05-05 en cumplimiento de Resolución Nº 585 de fecha 30-08-200. Acto seguido vista la imposibilidad de realizarse la presente audiencia, esté Tribunal DIFIERE EL ACTO y fija nueva oportunidad para el día hora 10:30 AM. Queda notificada la defensa Pública. Notifìquese a la victima, al Imputado y telegrafíese. Es todo. Término siendo las 11: 05 AM, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 02
DR. JORGE DIAZ MENDOZA
LA DEFENSA PÚBLICA
DRA. SENOVIA MEDINA HERRERA
EL ALGUACIL
LA SECRETARIA DE SALA
ABG MARILU PATIÑO DE LA MAR
|