REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-V-2005-001275

Por auto de esta misma fecha, el Tribunal admite escrito acompañado de recaudos presentado por el Consejo de Protección del niño y del adolescente del Ministerio, en beneficio de Identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, mediante el cual solicita se rectifique su partida de Nacimiento, inscrita en Jefatura Civil de la Parroquia Unión del Municipio Iribarren del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en el año 2005, ya que se incurrió en error material al asentar al asentar el apellido de la madre como JAIMES HURTADO, siendo lo correcto JAIMES ROJAS, razón por la cual estima se le expida la rectificación correspondiente.
Examinados los recaudos acompañados con la solicitud, se desprende de los mismos que se presenta la situación planteada, siendo que en la partida y recaudos presentados, aparece razón por la cual estima se le expida la rectificación correspondiente. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, previa habilitación del tiempo conforme a lo establecido en los artículos 192 y 193 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 ejusdem, ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de Identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, en cuanto al apellido de la madre siendo lo correcto JAIMES ROJAS, Partida ésta asentada en anotada bajo el N 1679del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en el año 2005Rectifíquese la Partida de Nacimiento.
Expídanse por Secretaria copias de la presente decisión y remítanse al Registro Principal a la Jefatura Civil antes mencionada a los fines consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, a los 01 de Junio del 2005. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.

La Juez
La Secretaria
Abog. Carmen Elvira Moreno Arevalo
Mariela.-