REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: KP02-R-2005-000684
En cuenta de la diligencia suscrita y presentada por el ciudadano EDGAR MÁRQUEZ, parte actora, asistido por la Abogado Ximena Alegría, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.094, en la cual DESISTE de apelación incoada en la presente causa, este Tribunal da por CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO y, en consecuencia, declara FIRME Y CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, con sede en Carora, el 25 de febrero de 2005, en el juicio de NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA intentado por EDGAR MIGUEL MARQUEZ contra LUZ MARINA BRICEÑO GIL y ARNOLDO JOSE BRICEÑO; todo lo cual así se declara en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, a los fines legales consiguientes.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al Libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.
El Juez Provisorio,
(fdo) El Secretario,
Dr. Saúl Darío Meléndez Meléndez (fdo)
Abg. Julio Montes
Publicada en su fecha en horas de despacho y seguidamente se expidió copia certificada conforme a lo ordenado.
El Secretario,
(fdo)
Abg. Julio Montes
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