REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: KP02-M-2005-000285

Revisadas como han sido las presentes actuaciones, y visto el desistimiento del procedimiento presentado pro el Co-demandado judicial de la parte actora abogado Bernardo Vaccari, identificado en autos, este Tribunal homologa dicho desistimiento, en consecuencia, se da por terminada la presente causa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo se ordena devolver el documento original solicitado, dejándose en su lugar copia certificada del mismo. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el presente expediente.-
El Juez

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario Acc.

Greddy Eduardo Rosas Castillo

OERL/mm