DECLARA CON LUGAR la solicitud de Revisión de Sentencia Alimentaria, intentada por la ciudadana: ROSA ELENA TORRES RIERA, contra el ciudadano: RAFAEL ANGEL ORIHUELA LUJANO, en beneficio de la niña: ROSANGELICA YOSELIN TORRES. de conformidad con los artículos 362 del Código de Procedimiento Civil y 520 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente En consecuencia se condena a suministrar como monto de pensión de alimento, la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,oo) MENSUALES, a partir del mes de JULIO del presente año. Igualmente se condena a suministrar el 100% de los gastos médicos y gastos escolares. En cuanto a la vestimenta se fija un bono de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 400.000,00) pagaderos en el mes de Diciembre con la presentación de la factura.-Abrase carpeta de cumplimiento alimentario.