REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, primero (1) de junio de 2005
Años 195º y 146º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-000383

PARTE ACTORA: MARIA ESTHER MEJIA, extranjera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E 82.256.382
ABOGADA DE LA PARTE ACTORA: OSIRIS BENITEZ MARIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 108.849.
PARTE DEMANDADA: CENTRO MATERNO INFANTIL POLICLINICA LA CONCEPCION, C,A (CEMAINCA)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, primero (1) de junio de 2005, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que una vez hecho el llamado respectivo de las partes en juicio, la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por su parte la demandada CENTRO MATERNO INFANTIL POLICLINICA LA CONCEPCION, C,A (CEMAINCA), compareció representada por sus apoderados judiciales abogados Guillermo García Brandt y Francisco Melendez Santeliz, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 2.294 y 7.705, cualidad que se evidencia en Poder Notariado que presenta a efecto videndi para su certificación e incorporación de la copia a las actas. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, éste Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
La Juez,
Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre
La Secretaria

Abg. Rosanna Blanco Lairet
Los Apoderados Judiciales de la demandada