REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 27 de Junio de 2005
195° y 146°
Presentada como ha sido la solicitud de Divorcio 185-A, por los ciudadanos: FREDDY QUIJADA y ELSY COROMOTO MONTERO PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nrs. V-1.199.238 y V-7.083.573, respectivamente, ambos de este domicilio, el primero de los nombrados actúa en sus propios derechos y la segunda asistida en este acto por FREDDY QUIJADA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº11.878, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, emplácese a las partes para que comparezcan por ante este Tribunal, dentro del Tercer (3) días de Despacho siguientes a la presente admisión, para que ratifiquen o nò el contenido de la misma. Cítese a la Fiscal del Ministerio Publico en Materia de Familia para que concurra por ante este Tribunal dentro del Décimo día de Despacho siguiente después de citada, a manifestar lo que estime conducente sobre la solicitud. Expídanse copias certificadas y líbrese Boleta.
LA JUEZ,


ABG. ROSA MARGARITA VALOR
LA SECRETARIA,

ABG. LEDYS ALIDA HERRERA
En la misma fecha se libró Boleta.-

LA SECRETARIA,

ABG. LEDYS ALIDA HERRERA



Exp. Nº51.422.-