JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 14 junio de 2.005
Año 195º y 146º
DEMANDANTE: Abog. YUDIMAR OSORIO O., endosataria por
procuración de la ciudadana MAGALY PINTO
TRAVIEZO
DEMANDADO: AGOSTINHO CORREIA
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (Intimación)
EXPEDIENTE: Nro. 48.176
Vista la anterior diligencia suscrita por una parte, la Abogada YUDIMAR OSORIO en su carácter de Endosataria por Procuración de la ciudadana MAGALY PINTO, y por la otra, el ciudadano AGOSTINHO CORREIA, debidamente asistido por el Abog. MAGDY GHANNA, contentiva de la Transacción celebrada entre las partes, este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
El Juez Provisorio
La Secretaria,
Abog. Rafael Ricardo Gimènez
Abog. Mayela Ostos Fuenmayor

Se hizo lo ordenado. Se Homologó Transacción, archivó el expediente.-.-.
La Secretaria,


EXPEDIENTE Nro. 48.176
RRG/cc