REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, DEL TRANSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


Valencia, 29 de junio de 2005
195º y 146º

Visto el escrito presentado el 22 de junio de 2005, por la abogado MARIA SANABRIA MUÑOZ, quien actúa en su carácter acreditado a los autos, mediante el cual interpone recurso de hecho contra el auto dictado el 14 de junio del presente año, que declara inadmisible el recurso procesal de apelación intentado en contra de la decisión proferida el 02 de mayo del año en curso, este tribunal en atención al criterio jurisprudencial sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° 00-1791, sentencia N° 616, con ponencia del magistrado Pedro Rafael Rondón Haaz, en el juicio de William Ramón Torrealba, donde se señala que si bien el recurso de hecho y su procedimiento no están previstos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no obstante en su artículo 48, prevé la aplicación supletoria de las normas procesales en vigencia, siendo ésta la contenida en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, disposición que consagra la figura procesal del recurso de hecho, razón por la cual se acuerda remitir el presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. LIBRESE OFICIO.


MIGUEL ANGEL MARTIN
EL JUEZ TITULAR
DENYSSE ESCOBAR
LA SECRETARIA

En la misma fecha se remite constante de doscientos sesenta y seis (266) folios útiles. Mediante oficio Nº 360/2005.



DENYSSE ESCOBAR
LA SECRETARIA





EXP Nº 10418.
MAM/mrp.-


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario,
del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, 29 de junio de 2005
195° y 146º

Oficio N° 360/2005.

Ciudadana:
PRESIDENTA Y DEMÁS MIEMBROS DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
Su Despacho.-

Por medio del presente oficio remito a ustedes, expediente signado con el N° 10418, contentivo del RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentado por el ciudadano ARMENIO ASSIS LOURENCIO AREIAS, en su carácter de director de la sociedad de comercio AUTOPARKING PISAAR, C.A. contra la decisión dictada el 02 de abril de 2003 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado, constante de doscientos sesenta y seis (266) folios útiles la pieza principal y doscientos ochenta y dos (282) folios útiles pieza separada.

Remisión que hago a ustedes, en virtud del recurso de hecho interpuesto por la abogada MARIA SANABRIA MUÑOZ, en su carácter de apoderada de la sociedad mercantil INMOBILIARIA S. D. TORRE, C.A., en contra del auto dictado por este tribunal el 14 de junio de 2005.



MIGUEL ANGEL MARTIN
EL JUEZ TITULAR


Se anexa lo indicado.
MAM/mrp.



“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR
SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”