Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZALEZ, Secretaria titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.279 de la nomenclatura archivar de este Tribunal. “En el día de hoy 20 de junio de 2005, siendo las 11:00 de la mañana, se trasladó y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora MAURICIA GONZÁLEZ y la Secretaria Titular Abogada YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogado GERMÁN GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 3.384, Apoderado judicial de la Sociedad de Comercio EDUCACIÓN TECNOLÓGICA M. R. Q., C. A., en el inmueble ubicado en la Calle Montes, en Jurisdicción de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana JUANITA MEDINA, titular de la cedula de identidad Nro.8.267.072, así mismo notifica al ciudadano ALEX GIRÓN, cédula de identidad Nro. 13.494.045, demandados en autos, los cuales quedaron impuestos de la misión a cumplir por el Tribunal, decretados por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Estado Carabobo, expediente Nro. 51.273. Seguidamente el Tribunal notifica a las ciudadanas ROSA ELENA GONZÁLEZ GARCÍA, cédula de identidad Nro. 9.696.230, BLANCA DEL VALLE VALLEJO, cédula de identidad Nro. 11.596.507, ELIZABETH LOMBARDI, cédula de identidad Nro. 22.006.325, VIKI RODRIGUEZ, cédula de identidad 12.555.469, quien expuso que trasladaría todos sus bienes a su entera cuenta y riesgo, así mismo manifestó el ciudadano VICTOR JULIO HERNÁNDEZ CASTILLO, cédula de identidad Nro. 9.826.418, que trasladaría todos sus bienes a su entera cuenta y riesgo, de igual manera notifica al ciudadano WILLIAMS MEDINA, cédula de identidad Nro. 8.273.909, quien traslada todos sus bienes a su entera cuenta y riesgo, NELIDA ROBLES, cédula de identidad Nro. 8.605.235; KARELYS GÓMEZ, cédula de identidad Nro. 10.638.094, JESUS BRACHO, cédula de identidad Nro. 16.439.226, quien manifestó tener dos (2) hijos: LORENNY MENDEZ, cédula de identidad Nro. 15.592.127; KATIUSKA GÓMEZ, cédula de identidad Nro. 17.483.416, quien manifestó tener un (1) hijo; BELKYS CRUZ, cédula de identidad Nro. 12.183.787, quien manifestó tener dos (2) hijos; LEONOR GIRÓN, cédula de identidad Nro. 22.006.327, quien manifestó que vivían con dos (2) adolescentes; ESTELIA NORIEGA, cédula de identidad Nro. 22.414.620, conforman la
Familia 2 niños y mi esposo; ALBERTO RAFAEL SALAS OROZCO, cédula de identidad Nro. 23.230.576, conforman la familia, esposa y 3 niños; JULIA CARRILLO, cédula de identidad Nro. E – 83.516.260, quien manifestó tener una niña; JENNY MERCHAN, cédula de identidad Nro. 13.351.451; quien manifestó tener 4 hijos, NAIRO FERREBUS, cédula de identidad Nro. 13.398.389, JOSÉ GONZÁLEZ, cédula de identidad Nro. 14.484.264, MARIA TORRENEGRA, cédula de identidad Nro. 23.230.615. Seguidamente siendo las 2:30 de la tarde, se hizo presente la ciudadana AILEEN MARLENI ZAPATA LICON, cédula de identidad Nro. 4.816.685, Asesor Jurídico de la Secretaría de Planificación, Ambiente y Ordenamiento del Territorio de la Gobernación del Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal notifica a la Abogada MARÍA ELOISA DIAZ, Inpreabogado bajo el Nro. 94.931, quien manifestó ser abogado de los notificados. Seguidamente el Tribunal concede un lapso de espera de dos (2) horas a los Funcionarios de la Gobernación del Estado Carabobo, para buscar posibles soluciones. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medida actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y habiéndose agotado el lapso de dos horas, sin obtener respuesta de la representante de la Gobernación, procede a restituir la Posesión del Inmueble constituido por un lote de Terreno y el Edificio en él construido, ubicado en la Calle montes de Oca, en Jurisdicción de la Parroquia san José, del Municipio Valencia del Estado Carabobo, dicho terreno tiene una superficie de Un Mil Ciento Noventa Metros Cuadrados con cuarenta Decímetros (1.190, 40 mts), y sus linderos son: NORTE: En 50, 08 Mts con terrenos que son o fueron del Dr. ZOOM MIER; SUR: En 24,50 Mts con terrenos que son o fueron de la Compañía Anónima de Construcción “A”, ESTE: En 24,00 Mts con la línea del ferrocarril y OESTE: En 24, 00 Mts con la Avenida Montes de Oca. El Edificio citado tiene un área de construcción aproximada de 2.245,47, según consta de documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del municipio Valencia del estado Carabobo, el 10 de diciembre de 1986, bajo el N° 46, Protocolo Primero, Tomo 36; lo restituye al Querellante SOCIEDAD DE COMERCIO EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, M. R. Q., C. A. domiciliada en Caracas e inscrita por ante el Registro mercantil segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 28 de Enero de 1975, bajo el Nro. 41, Tomo 20 – A, tal y como fue acordado por el Tribunal de la causa. El tribunal deja constancia que las personas que a continuación señalamos son ocupantes del edificio, las cuales manifestaron no poseer vivienda, y solicitaron este censo para llevarlo al IVEC: ALEX GIRON SALAZAR, C. I. 13.494.045, ALBERTO RAFAEL SALAS OROZCO, C. I..: 23.230.576, LEONOR GIRÓN DE LOMBARDI, C. I. 22.006.327, YELITZA DIAZ DE OJEDA, C. I: 16.784.385, FRANDICKSON GÓMEZ. C. I.: 12.858.975, VICKYS AUDERY RODRIGUEZ, C. I:
12.555.469, GEORVALY AGUILAR OLIVERA, C. I: 15.007.929, DAVID MIGUEL DIAZ, C. I. 7.013.237, VICTOR JULIO HERNÁNDEZ, C. I: 9.826.418, LEIVIUS YURIMAR PÉREZ SOTO, C. I: 16.073.111, RICHARD NIXON PÉREZ MARTÍNEZ, cédula de identidad: 14.0070.949, JESÚS ALBERTO BRACHO CORONADO, C. I: 16.439.226, BERKYS CRUZ MARQUEZ, C. I: 12.183.787, ROSA ELENA GONZÁLEZ, C. I. 9.696.230, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ SÁNCHEZ, C .I: 16.946.219, BLANCO DEL VALLE VALLEJO, C. I.:11.906.507, NELLY JIMENEZ GIL, C. I: 13.738.038, JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, C. I: 14.484.267, YELITZE YULIMAR PERALES, C. I.:7.144.472, ALBA ESTHER PEROZO OSPINO, C. I.: 17.986.168, YHONNY MARQUEZ, C. I. 12.110.463, YONNY JACKELINE AREVALO PÉREZ, C. I: 15.693.089, NELIDA AIRIS ROBLES SEQUERA, C. I: 8.605.235, JULIA CARRILLO, C. I. 83.516.260; El Tribunal deja constancia que estuvo acompañado por la Representante del Consejo Municipal de dserechos del Niño y adolescente del municipio Valencia, Coordinadora de la Oficina de Defensa d Derechos Colectivos y Difusos del Municipio Valencia del Estado Carabobo, Abogada JAMAICA JOSEFINA MAYA BARRIOS, cédula de identidad Nro. 7.907.310, quien estuvo presente a los solos y únicos efectos de salvaguardar los Derechos de lo niños y adolescentes. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que en todo momento se garantizaron los Derechos Constitucionales de la personas, así como deja constancia que durante el lapso que duró la práctica de la medidas no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales, deja constancia que los notificados le fueron trasladados sus bienes en transporte de la Depositaria Judicial Carabobo, S. R. L., totalmente gratuito y por cuenta del abogado actor. El Tribunal declara cumplida su misión, ordena se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 11:30 de la noche, es todo, terminó, se leyó y conforme firman”. La Juez Provisorio Doctora Mauricia González (fdo); Parte Actora (fdo); Funcionario CMDNA (fdo); Depositaria (fdo); y La Secretaria Abog. Yulimar Fonseca. (fdo)…………………………………………………….