Quien suscribe abogado YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO, Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.290 de la nomenclatura llevada por éste Tribunal: En el día de hoy 22 de Junio de 2005, siendo las 1:00 de la tarde, se trasladó y constituyó el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, , NAGUANAGUA, SAN DIEGO y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO, a cargo de la Juez Provisorio Doctora MAURICIA GONZÁLEZ, y la Secretaria Titular Abogado YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora Abogadas ANA MARIA MACHADO Y ENNA MELENDEZ, inscritas en el inpreabogado bajo los Nro. 67.605 y 78.417 respectivamente, en el inmueble ubicado en el piso 3, apartamento Nro. 7, del Edificio Residencias “Mola”, Urbanización El Trigal Centro, Parroquia San José de esta ciudad de Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano FELIX SEIJAS, titular de la cédula de Identidad Nro. 16.270.789, el cual quedo impuesto de la misión a cumplir decretado por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO CARABOBO, expediente Nro. 883, a quien se le informo que debe comparecer ante el Juzgado Comitente el segundo (2) día de despacho siguiente después que conste en autos estas actuaciones. Acto seguido la parte actora Abogadas ANA
MARIA MACHADO Y ENMA MELENDEZ, IPSA Nros. 67.605 y 78.417 respectivamente exponen: Solicitamos al Tribunal designe Depositaria Judicial a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal procede a designar Depositaria Judicial a la Firma Mercantil Depositaria Judicial Venezuela, C. A., en la persona de su representante legal ciudadano ELADIO NUÑEZ, Cédula de Identidad Nro. 3050664, el cual presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. En este estado la parte actora, ya identificada expone: Señalo al Tribunal para ser SECUESTRADO el inmueble constituido por un apartamento identificado con el N° 7, piso N° 3 del centro Edificio Residencias “Mola”, ubicado en la Urbanización Trigal Centro, Jurisdicción de la Parroquia San José de esta ciudad de Valencia, Estado Carabobo. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de medidas actuando por Comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA declara SECUESTRADO el inmueble constituido por un apartamento identificado con el N° 7, piso N° 3 del Centro Edificio Residencias “Mola” ubicado en la Urbanización Trigal centro, Jurisdicción de la Parroquia San José de esta ciudad de Valencia Estado Carabobo, y deja el inmueble bajo la guarda y custodia de la Depositaria
designada. Seguidamente el representante de la Depositaria Judicial designada, ya identificado expone: El inmueble que en este acto recibo se encuentra en buenas
condiciones de habitabilidad, pintura, frisos, puertas, ventanas, piezas Sanitarias en regular estado, se desconoce el estado y condiciones de instalaciones eléctricas, aguas blancas y negras. Seguidamente el notificado ciudadano FELIX SEIJAS, ya identificado expone: Manifiesto al tribunal que en este mismo acto procederé a trasladar todos mis bienes a mi entera cuenta y riesgo a otro lugar. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, deja constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales, ordenando remitir la s actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 2:30 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman. La Juez Dra. Mauricia González V. (Fdo); El Notificado (Fdo); Parte Actora (Fdo); Depositario (Fdo) y la Secretaria Abogado Yulimar Fonseca G. (Fdo)……………………………………………………………………………...
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