COMISION 1390
En horas de Despacho del día de hoy (21)de junio del 2005 siendo las 09:30am se traslado y constituyo este tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; a señalamiento de la Abogada: CRISTINA HERNANDEZ I.P.S.A N° 24.782, actuando en carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada; a los fines de practicar Medidas de Embargo Preventivo, y que fuera acordada por el Juzgado quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; en el juicio que por cobro de bolívares , sigue la Entidad Mercantil MOLINOS NACIONALES, C.A.(MONACA) contra: la Entidad Mercantil PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA LLAVE PAN 91, C.A; ubicada en la avenida principal de la urbanización las Llaves del municipio Puerto Cabello. Este tribunal se Abstuvo de practicar le medida de EMBARGO PREVENTIVO por cuantos las partes llegaron a un convenimiento de pago. Siendo las 11:00 AM se ordena el regreso al tribunal a su sede. Es todo, Termino, se leyó y conformes firman.
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