COMISION 1394
En horas de Despacho del día de hoy (21)de junio del 2005 siendo las 12:00am se traslado y constituyo este tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; a señalamiento de la Abogada: JESSICA DELLEPIANE I.P.S.A N° 39.631 , actuando en carácter de Apoderada Judicial del ciudadano RAFAEL DE NOBREGA; a los fines de practicar Medidas de Embargo Preventivo, y que fuera acordada por el Juzgado Tercero del Municipio Puerto cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; en el juicio que por cobro de bolívares , sigue el ciudadano antes nombrado contra el ciudadano VICTOR ALVAREZ ; ubicada en la primera calle de segrestaa casa N°10-57l del municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo. Este tribunal se Abstuvo de practicar le medida de EMBARGO PREVENTIVO por cuantos las partes llegaron a un convenimiento de pago. Siendo las 2:00 PM se ordena el regreso al tribunal a su sede. Es todo, Termino, se leyó y conformes firman.