REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 2 de Junio de 2005
Años 195º y 146º

ASUNTO : GJ01-S-2003-002763
IMPUTADO (S): JOAO RODRÍGUEZ DE OLIVEIRA:
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO ABOGADO (A) ARACELI PÉREZ
DELITO (S): LESIONES CULPOSAS GRAVES EN ACCIDENTE DE TRANSITO
VÍCTIMA (S): OSWALDO ANTONIO HERRERA
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO.


Quien suscribe, Juez Octavo en funciones de Control. Recibido escrito presentado por el (la) Abogado (a) ARACELIS PÉREZ, Fiscal del Ministerio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por medio del cual solicita el Sobreseimiento de la causa seguida al (la) (los) imputado (a) (s) JOAO RODRÍGUEZ DE OLIVEIRA, por el (los) delito (s) de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto (s) y sancionado (s) en el (los) Artículo (s) 422 Ordinal 2º del Código Penal, en perjuicio del (los) ciudadano (s) OSWALDO ANTONIO HERRERA, todo de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal para decidir observa:

Se evidencia que la presente averiguación se inicio en fecha 11-07-98, por ante la Unidad Estadal de Vigilancia y Transito Terrestre Nº 41, en virtud de haber ocurrido un accidente de transito del tipo ARROLLAMIENTO DE PEATON, hecho ocurrido en el Barrio Fundación Carlos Andrés Pérez, donde participo el vehículo conducido por el ciudadano JOAO RODRÍGUEZ DW OLIVEIRA, y en el cual resultara lesionado el ciudadano OSWALDO ANTONIO HERRERA; así como del contenido de las actas en las cuales se dejan constancias de las diferentes diligencias realizadas en la presente averiguación, para el total esclarecimiento de los hechos, se determina que la actuación del (la) (los) ciudadano (a) (s) JOAO RODRÍGUEZ DE OLIVEIRA, podría subsumirse dentro de las previsiones del (los) Artículo (s) 417 en concordancia con el 422 Ordinal 2º del Código Penal, que sanciona el (los) delito (s) de LESIONES CULPOSAS GRAVES EN ACCIDENTE DE TRANSITO, tal y como se desprende del resultado de la Experticia de Reconocimiento Medico Legal, practicada a la lesiones sufridas por la victima. Así mismo se observa que desde la fecha en que ocurrieron los hechos a la presente, ha transcurrido el tiempo de prescripción señalado en el Ordinal 5º del Artículo 108 del Código Penal, observando quien aquí decide que no se hace necesaria la realización de Audiencia para resolver la solicitud del Ministerio Publico, para debatir los fundamentos de la petición, de conformidad con lo estipulado en el Articulo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo cual, lo procedente en el presente caso y ajustado a derecho es sobreseer la presente causa. Y ASÍ SE DECIDE.

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal en funciones de Control en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, al (la) (los) imputado (a) (s) JOAO RODRÍGUEZ DE OLIVEIRA, de conformidad con el Artículo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse la acción penal evidentemente prescrita. Notifíquese a las partes. Y por cuanto la causa se encuentra terminada, remítase al Archivo Central a los fines de su custodia y correspondiente remisión al Archivo Judicial.


Publíquese, regístrese, déjese copia.

La Jueza,


Ilvia Samuel Escalona
Juez Octava en funciones de Control

La Secretaria