REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 3 de Junio de 2005
Año 195º y 146º



ASUNTO: GJ01-S-2003-002138
IMPUTADO (S): 1.- TEUDY JOSE TROYA YÁNEZ:
2.- FRANK REINALDO PEROZO ARIAS:
3.- FRANKLIN ANTONIO BRACHO LUGO:
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO ABOGADO (A) VÍCTOR PUEMAPE MARÍN
DELITO (S): LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES
VÍCTIMA (S): LUIS ALBERTO AVENDAÑO y MINERVA DEL CARMEN JIMÉNEZ BRICEÑO
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO.


Quien suscribe, Juez Octavo en funciones de Control. Recibido escrito presentado por el (la) Abogado (a) VÍCTOR PUEMAPE MARIN, Fiscal del Ministerio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por medio del cual solicita el Sobreseimiento de la causa seguida al (la) (los) imputado (a) (s) TEUDY JOSE TROYA YÁNEZ, FRANK REINALDO PEROZO ARIAS, FRANKLIN ANTONIO BRACHO LUGO, por el (los) delito (s) de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto (s) y sancionado (s) en el (los) Artículo (s) 415 del Código Penal, en perjuicio del (los) ciudadano (s) LUIS ALBERTO AVENDAÑO y MINERVA DEL CARMEN JIMÉNEZ BRICEÑO, todo de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal para decidir observa:

Se evidencia que la presente averiguación se inicio en fecha 08-10-97, mediante denuncia interpuesta por el (la) (los) ciudadano (a) (s) : LUIS ALBERTO AVENDAÑO y MINERVA DEL CARMEN JIMÉNEZ BRICEÑO, en la que entre otras cosas manifestaron que había sido objeto de maltratos por parte de funcionarios de la Guardia Nacional; así como del contenido de las actas en las cuales se dejan constancias de las diferentes diligencias realizadas en la presente averiguación, para el total esclarecimiento de los hechos, se determina que la actuación del (la) (los) ciudadano (a) (s) TEUDY JOSE TROYA YÁNEZ, FRANK REINALDO PEROZO ARIAS, FRANKLIN ANTONIO BRACHO LUGO, podría subsumirse dentro de las previsiones del (los) Artículo (s) 415 del Código Penal, que sanciona el (los) delito (s) de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES. Así mismo se observa que desde la fecha en que ocurrieron los hechos a la presente, ha transcurrido el tiempo de prescripción señalado en el Ordinal 5º del Artículo 108 del Código Penal, observando quien aquí decide que no se hace necesaria la realización de Audiencia para resolver la solicitud del Ministerio Publico, para debatir los fundamentos de la petición, de conformidad con lo estipulado en el Articulo 323 del Codigo Organico Procesal Penal, por lo cual, lo procedente en el presente caso y ajustado a derecho es sobreseer la presente causa. Y ASI SE DECIDE.

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal en funciones de Control en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, al (la) (los) imputado (a) (s) TEUDY JOSE TROYA YÁNEZ, FRANK REINALDO PEROZO ARIAS, FRANKLIN ANTONIO BRACHO LUGO, de conformidad con el Artículo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse la acción penal evidentemente prescrita. Notifíquese a las partes. Y por cuanto la causa se encuentra terminada, remítase al Archivo Central a los fines de su custodia y correspondiente remisión al Archivo Judicial.


Publíquese, regístrese, déjese copia.

La Jueza,


Ilvia Samuel Escalona
Juez Octava en funciones de Control

El (la) Secretario (a)