REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000886
PARTE ACTORA: SIMEON ANTONIO SOLORZANO SANCHEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BEATRIZ DE BENITEZ
PARTE DEMANDADA: ESTACION DE SERVICIOS PALMAREJO, C.A (ESTAPAL, C.A) y JOSE STEPHENSON SALAZAR
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANA DERLIS REBOLLEDO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 14 de Junio de 2005, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la abogado BEATRIZ DE BENITEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 30.898, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora SIMEÓN ANTONIO SOLORZÁNO SANCHEZ, y por otra parte, la abogado ANA DERLIS REBOLLEDO U., inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 42.718, en su carácter de apoderado judicial de la parte co-demandada ESTACION DE SERVICIOS PALMAREJO, C.A , conforme se evidencia de instrumento poder constante de cuatro (4) folios, el cual presenta en original y fotocopia, para que previa confrontación se certifique el original y le sea devuelto el original, se confrontaron por secretaría el original y fotocopia del instrumento presentado, se certificó la copia, la cual se ordena agregar a los autos, y se devolvió el original a su presentante, dándose así inicio a la audiencia. Seguidamente ambas partes debaten sus respectivos puntos de vistas y proceden a exponer los alegatos esgrimidos por cada uno de ellos, manteniendo respectivamente sus posiciones, sin embargo ante dichas controversias de intereses, una vez instados por la Juez, que preside la audiencia a conciliar para lograr resolver el conflicto planteado entre ambas partes someten a consideración la posibilidad de llegar a un acuerdo a objeto de evitar futuros litigios y a los fines de dar por terminada la demanda por cobro de Prestaciones Sociales, intentada por el ciudadano SIMEON ANTONIO SOLORZANO SANCHEZ, contra ESTACION DE SERVICIOS PALMAREJO, C.A (ESTAPAL, C.A) y JOSE STEPHENSON SALAZAR, en este estado la abogado ANA DERLIS REBOLLEDO U, antes identificada y actuando en su carácter de apoderado judicial de la demandada ofrece pagar al demandante una cantidad única y definitiva de BOLIVARES CINCO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS SEISCIENTOS DOCE SIN CENTIMOS (Bs. 5.486.612,,00), para cubrir todos y cada uno de los conceptos determinados por el accionante en su libelo de demanda ANTIGÜEDAD E INTERESES SOBRE ANTIGÜEDAD (Articulo 108 de la ley orgánica del trabajo) (VACACIONES Y BONO VACACIONAL FRACCIONADOS, Artículos 119 y 225 Ley Orgánica del Trabajo, UTILIDADES FRACCIONADAS Artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo; INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO (ARTÍCULO 125 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO). La parte actora acepta la oferta realizada por el representante de la empresa demandada y declara que con el pago convenido la demandada no queda a deberle cantidad alguna por conceptos derivados de la relación de trabajo que sostuvieron. En este acto la parte actora recibe el pago de la cantidad convenida de la siguiente manera: La cantidad de Bs. 4.000.000,000, mediante cheque No. 31158085 del Banco de Venezuela, emitido en este fecha a nombre de la abogado BEATRIZ DE BENITEZ; y el saldo restante, es decir, la cantidad de Bs. 1.486.612,00, se encuentra depositado en la cuenta de ahorro No. 229-1-197399, a nombre del trabajador en el Banco del Caribe, Agencia San Joaquin, cantidad ésta que se encuentra a disposición del trabajador. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se deja constancia que en este acto se devolvió a las partes sus escritos de pruebas presentados al inicio de la audiencia preliminar.
La Juez
Abogada BEATRIZ RIVAS ARTILES
POR LA PARTE ACTORA:
POR LA PARTE DEMANDADA:
El Secretario,
Abogada OLIVER GÓMEZ
|