REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO
Tribunal Primero de Ejecución

Carúpano, 16 de Marzo de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-2002-000085
ASUNTO: RL11-P-2002-000085

Revisada la presente causa signada con el N°-RL11-P-2002-000085- seguida al penado Richard Jose Rodriguez Sandoval, evidenciandose en la presente causa que el referido penado fue sentenciado por el tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial penal a cumplir la pena de Seis (6) Meses de Prision por la comision del delito de Hurto simple Previsto y Sancionado en el Articulo 453 del Codigo Penal mas la Accesorias de Ley de la de Prision del Articulo 16 del Codigo Penal que se refiere a una Quinta (1/5)) Parte.
Ahora bien consta al folio 154 Decision de fecha 02-08-2002 donde se acuerda liberta al penado y donde en la misma se le impone de las Accesorias de ley constando en auto al folio 163 oficio N°-940 emanado de la prefectura del Municipio Bermudez donde explica que el ciudadano Richard Jose Rodriguez Sandoval, ha cumplido con la presentacion de las Accesorias de ley Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre–Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal penal, y el Articulo 103 del Codigo Penal Decreta la Extincion de la Accion Penal y por Consiguiente Libertad Plena por cumplimiento de Accesorias de Ley al penado Richard Jose Rodriguez Sandoval, Hágase, las Participaciones de Ley
EL Juez Primero de Ejecución,
Abg. JESUS ARMANDO RIVERA V

La Secretaria
Abog. Wend Valerio