REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MARÍA ENMA LEÓN MONTESINOS

CARACAS, TREINTA (30) DE MARZO DE 2005
Años 194° y 146°

Vista la exposición contenida en la diligencia de fecha 8 de marzo de 2005, presentada por el Juez Jesús David Rojas Hernández, mediante la cual se inhibe de conocer la presente causa, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se observa que ciertamente se desprende de las copias remitidas a este Órgano Jurisdiccional, que el ciudadano JESÚS DAVID ROJAS HERNÁNDEZ, en su condición de Juez de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, incurre en el supuesto previsto en la mencionada norma, lo cual hace procedente declarar con lugar la inhibición del mencionado funcionario en la querella funcionarial interpuesta por la abogada Alis Lucia Meléndez Ureth, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 16.618, en su carácter de apoderada judicial del referido funcionario contra el MINISTERIO DE AGRICULTURA Y CRÍA –ACTUALMENTE MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO-, toda vez que consta al folio cinco (5) del presente expediente, instrumento poder otorgado por el ciudadano Jesús David Rojas Hernández a la prenombrada abogada para que lo representara en la causa signada con la nomenclatura AP42-R-2005-000331 de esta Corte. En consecuencia, convóquese al Dr. Rodolfo Antonio Luzardo Baptista, en su carácter de Primer Juez Suplente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Resolución emanada de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 15 de julio de 2004 y, el artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese Oficio.
La Presidenta,

MARÍA ENMA LEÓN MONTESINOS

La Secretaria,

JENNIS CASTILLO HERNÁNDEZ


Exp. Nº AB42-X-2005-000045.-
MELM.-
Decisión No. 2005-00513.-