REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MARÍA ENMA LEÓN MONTESINOS

CARACAS, TREINTA (30) DE MARZO DE 2005
Años 194° y 146°

Vista la exposición contenida en la diligencia de fecha 23 de febrero de 2005, presentada por la Jueza Betty Josefina Torres Díaz, mediante la cual se inhibe de conocer la presente causa, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se observa que ciertamente se desprende de las copias remitidas a este Órgano Jurisdiccional, que la ciudadana BETTY JOSEFINA TORRES DÍAZ, en su condición de Jueza de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, incurre en el supuesto previsto en la mencionada norma, lo cual hace procedente declarar con lugar la inhibición de la referida funcionaria en la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano LARRY ANDRY GARCÍA SILVA, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.690.180, asistido por las abogadas Ylsa Echeverría Jiménez y María Elena Chacín Torres, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 99.894 y 94.549, respectivamente, contra el INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO ARAGUA (INVIALTA), toda vez que consta al folio veintiuno (21) del presente expediente, instrumento poder conferido a la referida funcionaria a los efectos de representar al querellante en la causa signada con la nomenclatura AP42-R-2004-002208 de esta Corte. En consecuencia, convóquese al Dr. Rodolfo Antonio Luzardo Baptista, en su carácter de Primer Juez Suplente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Resolución emanada de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 15 de julio de 2004 y, el artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese Oficio.
La Presidenta,

MARÍA ENMA LEÓN MONTESINOS

La Secretaria,

JENNIS CASTILLO HERNÁNDEZ


Exp. Nº AB42-X-2005-000038.-
MELM.-
Decisión No. 2005-00510.-