REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
SALA DE JUICIO - JUEZ Nº 1
194º Y 146º


Por escrito presentado ante este Juzgado en fecha 15 de marzo de 2.005, el ciudadano Yvo Ramón Infante Toloza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.246.871, asistido por la abogado Maria Matilde Ferrer, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 28.120, solicitó la rectificación de la partida de nacimiento de su hijo, el niño Carlos Alberto Infante Godoy, alegando que se incurrió en el error al asentar el nombre de la madre del niño como Gabriela, siendo lo correcto Graciela y su número de la cédula de identidad como 14.246.870, siendo lo correcto 14.246.871. En dicho acto consignó fotocopia de su cédula de identidad, copia certificada de la partida de nacimiento del niño y copia certificada de la partida de nacimiento de la madre.

En fecha 15 de marzo de 2.005, se admitió la solicitud y se acordó resolver sumariamente y se ordenó notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público. En fecha 15 de marzo de 2.005, el Alguacil de este Tribunal consignó boleta de notificación debidamente firmada por el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.

Estando en la oportunidad de decidir, este Juez Nº 1 observa:


Del análisis de la copia certificada de la partida de nacimiento del niño Carlos Alberto, que corre inserta en el folio dos (2) de autos y de la copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana Graciela Ramona Godoy que corre inserta en el folio tres (3) de autos, las cuales se aprecian en todo su valor probatorio por tratarse de documento público conforme a lo establecido en la norma del artículo 1.359 del Código Civil y de la fotocopia de la cédula de identidad del padre del niño que corre inserta al folio cinco (05) de autos, se evidencia que efectivamente se incurrió en el error al asentar el primer nombre de la referida ciudadana como Gabriela, siendo lo correcto Graciela y al asentar el número de la cédula de identidad del solicitante como 14.246.870, siendo lo correcto 14.246.871.

DECISION


Por las razones expuestas y por cuanto el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público no objetó nada contra esta solicitud, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, extensión Carora, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con Lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por el ciudadano Yvo Ramón Infante Toloza, en representación del niño Carlos Alberto Infante Godoy. En consecuencia, se ordena asentar correctamente el nombre de la madre como Graciela dejando sin efecto Gabriela y el número de la cédula de identidad del solicitante ciudadano Yvo Ramón Infante Toloza como 14.246.871, dejando sin efecto 14.246.870.


Dicha partida de nacimiento se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Nacimiento de la Jefatura Civil de la Parroquia Cecilio Zubillaga Perera del Municipio Torres del Estado Lara bajo el Nº 049, folio 26 fte., de fecha 28 de septiembre de 2.004. Se ordena oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Cecilio Zubillaga Perera del Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, con el fin de que cumplan con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.


Expídanse copias certificadas de esta decisión a la parte interesada y las otras para acompañar los oficios respectivos que se remitirán a las autoridades competentes y para el archivo.


Regístrese y publíquese.


Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Carora, 18 de marzo de 2005. Años 194º y 146º.


LA JUEZ N° 1 DE LA SALA DE JUICIO


Abg. RAQUEL CASTILLO DE ZUBILLAGA


LA SECRETARIA

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 187 -2.005 siendo las 08:45 am.


LA SECRETARIA

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS


Exp. Nº 1SJ-3437-05
RCZ/bma.01