REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de marzo de dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-000165


La ciudadana GENOVEVA DE JESUS AMARO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. 4.381.943, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron el nombre de su madre como ROSA AMARO, siendo lo correcto ROSALIA AMARO. La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante, ya que por error asentaron el nombre de su madre como ROSA AMARO, siendo lo correcto ROSALIA AMARO. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCION, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en la partida de nacimiento No. 3757, folio 287 vto., año 1955. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los dieciocho días del mes de marzo del dos mil cinco- Años: 194° y 145°.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI
ABG. FRANCELYS TORREALBA

Publicada en su fecha a las 10:00 a.m.
Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-761 y 0900-762.

PCM/FT/Ma. Elena.