REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-002214
Vista la solicitud presentada por el ciudadano OLINTO ANTONIO VALERA PEREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.246.382, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en sector Palo Negro, Caserío Guayamure, Vía Rió Claro, Parroquia Juárez, Municipio Iribarren del Estado Lara , sobre un lote de terreno ejido, que mide aproximadamente TRES HECTÁREAS (3 HA); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Carretera Nacional; SUR: Terreno ocupado por ALTAGRACIA COLMENARES; ESTE: ROGELIO PERDOMO y OESTE: Terreno ocupado por ANTONIO ALVARADO. Dichas bienhechurías esta construida por una pieza de bahareque, laguna de oxidación con una cerca de alambre de púa estantillos de madera que cubre toda la extensión de terreno los cuales consisten en cultivos de aguacate y cambur. El valor invertido es la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLÍVARES (8.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos de los ciudadanos ERIKA ZULETA Y MARIANDRY FANEITE., éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano OLINTO ANTONIO VALERA PEREZ, ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
TAMAR GRANADOS IZARRA
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
/Milagro
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