REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : KH02-X-2004-000019
PARTE ACTORA JENNIFER CAROLINA PEREZ MARQUEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 16.899.488.
PARTE DEMANDADA: FREDDY HERRERA LOPEZ, ADELA RODRIGUEZ DE ZERPA y HILDA COROMOTO ZERPA DE MORA, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.251.503, 1.242.509 Y 7.336.677, domiciliados en la ciudad de Sanare, Estado Lara.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE TERCERÍA
Se inició la presente Demanda de Terceria, intentada por la ciudadana JENNIFER CAROLINA PEREZ MARQUEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 16.899.488, asitida por la abogada DARKYS QUINTERO RICO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 59.332, contra los ciudadanos FREDDY HERRERA LOPEZ, ADELA RODRIGUEZ DE ZERPA y HILDA COROMOTO ZERPA DE MORA, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.251.503, 1.242.509 Y 7.336.677, domiciliados en la ciudad de Sanare, Estado Lara. En fecha 20/02/2004 se admitió la presente demanda.
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de impulso procesal en fecha 20/02/2004 en que se admitió la demanda hasta la presente fecha, transcurrió más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de TERCERÍA, intentada por la ciudadana JENNIFER CAROLINA PEREZ MARQUEZcontra los ciudadanos FREDDY HERRERA LOPEZ, ADELA RODRIGUEZ DE ZERPA y HILDA COROMOTO ZERPA DE MORA identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A LA PARTES.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintinueve (29) días del mes de Marzo de dos mil cinco. AÑOS: 194° y 145°.
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria
Maria Fernanda Alviarez
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.
g.p.
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