REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 08 de Marzo de 2.005. Años: 195º y 145º.-

La ciudadana YAJAIRA COROMOTO PEREIRA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad, domiciliada en San Pedro del Páramo, Municipio Torres del Estado Lara, asistida por la Abogada JULIA MERCEDES MELENDEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 20.565, de éste domicilio, presentó escrito por ante este Tribunal, en el cual solicitó la Inserción de su Acta de Nacimiento, por cuanto la misma fue omitida en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante los respectivos organismos, manifestando que su nacimiento tuvo lugar el día 12 de Diciembre de 1.964, en San Pedro del Páramo, Municipio Torres del estado Lara, siendo sus padres Proscopio Isabel Pereira y Demetria Antonia Alvarez, titulares de las cédulas de identidad N°s. 2.370.595 y 9.080.185 respectivamente.
La solicitud se admitió acordándose emplazar a los padres de la solicitante ciudadanos Proscopio Isabel Pereira y Demetria Antonia Alvarez, para que comparecieran por ante éste Juzgado al décimo día de Despacho siguiente a sus citaciones, en horas de Despacho, a exponer lo que consideraren conveniente en relación a la solicitud y librar Edicto.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
UNICO: En fecha 18-10-04, fue consignado el ejemplar de El Caroreño, donde consta la publicación del Edicto correspondiente, no compareciendo persona alguna a hacerse parte en la solicitud. En fecha 18-10-04, rindió declaración el padre de la solicitante ciudadano Proscopio Isabel Pereira Pastrán. En fecha 15-11-04, se abre a pruebas la causa por un lapso de Diez (10) días de Despacho siguientes a la citación del ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público, a fin de que promoviera las pruebas que considerare convenientes y oir la declaración de testigos que presentare la parte interesada dentro del lapso fijado. Citado en fecha 17-11-2004 el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público, en fecha 24-11-04 rindieron declaración los testigos ciudadanos Juana Bautista Gordillo de Vásquez y Lucrecia del Carmen Nieves Páez, titulares de las cédulas de identidad Nºs. 6.794.933 y 11.699.585 respectivamente, quienes fueron contestes en afirmar lo alegado por la solicitante. En fecha 02-12-04, fue consignada constancia emanada del Ambulatorio Rural Tipo II “Palmarito”, en la cual consta la enfermedad que padece la madre de la solicitante. Vencido el lapso de pruebas, no compareció persona alguna para impugnar la presente solicitud y el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público no objetó nada que desvirtuara lo alegado. Por auto de fecha 09-12-04, el Tribunal requiere a la solicitante que clarifique su solicitud, por cuanto el documento acompañado no concuerda con su pedimento, siendo agregada en fecha 21-02-05, certificación emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Montes de Oca, Municipio Torres del Estado Lara, en virtud de lo expresado por la solicitante en diligencia de fecha 20-01-05, motivo por el cual este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha Inserción. En consecuencia ordena al Jefe Civil de la Parroquia Montaña Verde, Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente Acta de Nacimiento en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante dicho organismo. Expídanse copias certificadas de esta sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 08 de Marzo de 2005. Años 195º y l45º.
El Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 47-2005, se publico siendo las 9:30 a.m. y se libró copia certificada para el archivo.

El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR



Exp. Nº 6916-04.
RAM/mdeu/4.