REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES
En horas de despacho del día de hoy, Lunes veintiuno (21) de Marzo del año dos mil cinco (2005), se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de Circunscripción Judicial del Estado Lara y se constituyó siendo las diez y media (10:30) AM en la Avenida Isaías Ávila cruce con Calle Castañeda Sector Loyola, del Municipio Torres del Estado Lara, en un inmueble que se identifica con un aviso HOSPITAL CLINICO LOYOLA S.A, con la presencia del ciudadano Juez Provisorio Abg. Rafael José Martínez Rivero con su Secretaria Abg. Blanca Patricia Otero Nieto, a los fines de dar cumplimiento al Despacho de Comisión enviado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la practica de la Medida Innominada, despacho enviado con ocasión del Juicio por Nulidad intentado por el ciudadano JUAN FERNANDEZ CHIRINOS contra el HOSPITAL CLINICO LOYOLA S.A,. Al momento se encontraba presente en el inmueble donde se constituyó el tribunal la ciudadana RITA MARIA TORRES que se identifico con su cedula de identidad Nº 9.847.952 y dijo ocupar el cargo de SUB-GERENTE de el HOSPITAL CLINICO LOYOLA S.A., seguidamente el tribunal la notifico de su misión previa lectura del despacho de comisión. Acompañan al tribunal el abogado actor Hugo Zambrano, identificado como apoderado actor de la parte demandante. En este estado la notificada en autos exhibe al tribunal los correspondientes libros de accionistas, haciendo expresamente saber al tribunal que desde el día 25 de noviembre de 2004 fecha en que fueron asentados en dichos libros las acciones emitidas en virtud del aumento de capital acordado en la Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada en fecha 05 de junio de 2004 hasta la presente fecha (21-03-2005), no se han efectuado operaciones de Venta, Cesión o Traspaso ni entre los mismos accionistas ni a favor de terceros, por lo que la estructura accionaría que conforma actualmente el capital social de dicha empresa se haya fielmente reflejado en los recaudos que en catorce folios útiles voluntariamente entrega al tribunal previa certificación y firma de su puño y letra, estampándole el correspondiente sello húmedo de la empresa. En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley impone del conocimiento de la Medida Innominada que prohíbe innovar la estructura de accionistas de la Sociedad Mercantil HOSPITAL CLINICO LOYOLA S.A, desde la presente fecha y en consecuencia se le prohíbe a la referida empresa realizar cualquier acto de disposición, enajenación, traspaso o anulación de acciones. En este estado el Apoderado Actor expone: A los fines de garantizar la efectividad y publicidad de la presente Medida solicito se ordene sea agregado a los correspondientes libros de accionistas copia de la presente acta y de el decreto que acuerda la medida cuya ejecución se esta llevando a cabo, y sea firmado por la notificada. El Tribunal deja constancia que recibió de la Notificada el informe elaborado por la Lic. EVILEXIS CARIPA CARRASCO constante de catorce (14) folios y que confrontado con el libro de accionistas refleja la estructura actual del capital social de la empresa y su distribución por acciones y el tipo de cada una de ellas. Así mismo se acuerda agregar en el libro de accionistas y de Asamblea de la demandada copia de la presente acta. No habiendo mas nada que realizar con ocasión de la presente comisión el tribunal ordena el regreso a la sede siendo las once y treinta (11:30) AM. Terminó, se leyó y conforme firman.
JUEZ PROVISORIO (FDO) EL ABOGADO APODERADO (FDO)
LA NOTIFICADA (FDO) LA SECRETARIA (FDO)
Exp: 653/2005