REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince (15) de marzo de 2005
Años 194º y 146º


ACTA


N° DE EXPEDIENTE: KP02-S-2005-001177

PARTE ACTORA: ANGEL IGNACIO URIBE BERMUDEZ, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.546.955.

PARTE DEMANDADA: FARMACIA SOCIAL EGIDIO MONTESINO

MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

Hoy, dieciseis (16) de marzo de 2005, siendo las dos de tarde (2:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que una vez hecho el llamado respectivo de las partes en juicio, la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por su parte la demandada FARMACIA SOCIAL EGIDIO MONTESINO, compareció representada por su apoderado judicial Abg. BORIS FADERPOWER ROMERO, inscrito en el Impreabogado bajo el No. 47.652. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
El Juez,

Abg. Danny Paúl Ortiz Rodríguez
La Secretaria
Abg. Rosanna Blanco Lairet
El Apoderado Judicial de la demandada