REPUBLICA B0LIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

PARTE DEMANDANTE: CORPORACION ADMINISTRADORA DE INMUEBLES (C.A.S.A.)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE.
ABOGADO. JOSE ADONAY BALESTRINI MORONTA.
PARTE DEMANDADA: ARTURO ENRIQUE ROMERO GONZALEZ
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE N° 6.000

Vista la diligencia que antecede estampada por el abogado JOSE ADONAY BALESTRINI MORONTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.17.599 y de este domicilio, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad de Comercio CORPORACION ADMINISTRDORA DE INMUEBLES (C.A.S.A.) en la cual desiste de la causa, intentada contra el ciudadano ARTURO ENRIQUE ROMERO GONZALEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N°. 5.28l.820, por Resolución de Contrato de Arrendamiento. En consecuencia, este Tribunal por lo antes expuesto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, tiene por DESISTIDO el presente procedimiento,
Regístrese y publíquese la anterior decisión y déjese copia de la misma en el archivo del Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Tercero de Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los Veintiocho (28) días del mes de Marzo de dos mil cinco Años 194° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez Suplente Especial,

Dra. MARIELA YNES URDANETA,
La Secretaria Suplente,
JULIANNY BANDRES MENDOZA,
En la misma fecha se dictó la anterior decisión, se publicó la misma a las 11:00 de la mañana de este mismo día y se archivó la copia respectiva.
La Secretaria Suplente,
JULIANNY BANDRES MENDOZA,
Bdl.