REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

SOLICITANTES: GUSTAVO ORLANDO ARTEAGA BLASCO y CLARITZA MAYDELI SUAREZ FUENTES. Venezolanos, mayores de edad, Cédulas de Identidad Nos. V-13.492.210 y V-16.568.148 respectivamente, domiciliados en Puerto Cabello, Estado Carabobo.

ABOGADO ASISTENTE: GUSTAVO ADOLFO SEQUERA GUARIQUE. Institu-to de Previsión Social del Abogado Matricula Nº 54.928.-

MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS

EXPEDIENTE: Nº 2003 / 6462.


Mediante escrito presentado en fecha 26-febrero-2003, previa distribución, los ciudadanos GUSTAVO ORLANDO ARTEAGA BLASCO y CLARITZA MAYDELI SUAREZ FUENTES. Venezolanos, mayores de edad, Cédulas de Identidad Nos. V-13.492.210 y V-16.568.148, respectivamente, domiciliados en el Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo; debidamente asistidos por el Abogado GUSTAVO ADOLFO SEQUERA GUARIQUE. Instituto de Previsión Social del Abogado Matricula Nº 54.928. Solicitaron por ante este Tribunal que se decretara la Separación de Cuerpos conforme lo preveen los Artículos 189 y 190 del Código Civil.

Por auto de fecha 02-marzo-2004, se admitió la solicitud y el Tribunal declaró solemnemente SEPARADOS DE CUERPOS a los prenombrados ciuda-danos.

Mediante escrito de fecha 07-marzo-2005, los ciudadanos GUSTAVO ORLANDO ARTEAGA BLASCO y CLARITZA MAYDELI SUAREZ FUENTES, asis-tidos por el Abogado GUSTAVO ADOLFO SEQUERA GUARIQUE, solicitaron la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la presente Separación de Cuerpos por haber transcurrido más de un (1) año sin haberse producido entre ellos la reconciliación.

Habiendo transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185 del Códi-go Civil y de conformidad con la Ley, este Juzgado Segundo de Primera Ins-tancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circuns-cripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara